La Justicia Federal rechazó un habeas corpus para frenar la exploración petrolera en el mar argentino, que había presentado la Organización ambientalistas auto convocados, en el que planteaban que la explotación petrolera en la costa marplatense perjudicaría a la “libertad ambulatoria” de las ballenas.
El juzgado federal N° 1, a cargo del juez Santiago Martín, apoyado por el fiscal federal Juan Manuel Pettigiani, rechazaron el pedido de “habeas corpus” y explicaron que “persona no humana” es una categoría aún no fue creada por el ordenamiento jurídico argentino, por lo que un “habeas corpus” no se aplicaría para las ballenas.
“Es tarea del legislador constitucional definir los aspectos estructurales del sistema de derechos y garantías, y del legislador ordinario de reglamentarlo”, remarcaron.
“Es claro el Código Civil y Comercial al establecer dos categorías de personas: las humanas y las jurídicas en sus distintas manifestaciones, sin contemplar a la ‘persona no humana’, que los accionantes invocan como sustento de su reclamo. Tampoco se desprende de la ley de Habeas Corpus disposición alguna que pueda razonablemente extender su campo de acción hacia los animales, como sujetos tutelares del derecho a la ‘libertad ambulatoria’…”, explican en su resolución.
A pesar de rechazar el “habeas corpus” remarcaron que “de ningún modo significa que los animales, como parte del medio ambiente, no sean seres que merezcan el debido cuidado y preservación por parte de las autoridades y de la sociedad en su conjunto”.
A pesar de rechazar el “habeas corpus” remarcaron que “de ningún modo significa que los animales, como parte del medio ambiente, no sean seres que merezcan el debido cuidado y preservación por parte de las autoridades y de la sociedad en su conjunto”.